El mundo del trabajo y la forma en que se organiza la vida laboral en nuestras sociedades actualmente es un determinante clave del bienestar. El mantenimiento de un buen nivel de salud de la población trabajadora es un objetivo de cualquier sociedad. Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales o los trastornos psicológicos disminuyen el bienestar de las personas, el de su familia, su comunidad y su país. Por otro lado, la salud es una condición esencial para un desarrollo económico-social sostenible.
Las organizaciones con más éxito han comprendido la importancia de invertir en la promoción de la salud en el trabajo. Son conscientes de que unos trabajadores sanos y un lugar de trabajo saludable son las bases del éxito económico sostenible. En la sociedad del conocimiento y el aumento del sector servicios en nuestras economías, el papel de los trabajadores cobra una mayor importancia. Unos empleados saludables permiten a las empresas y a las sociedades en conjunto desarrollar capacidades innovadoras que aseguren la supervivencia dentro de una competencia globalizada.
La cultura preventiva de los riesgos laborales significa que los ciudadanos en general, y los empresarios y trabajadores en particular, incorporen a sus valores y actitudes la defensa de la salud mediante la mejora de las condiciones de trabajo.
La LPRL, en su artículo 5.2, establece la obligación de las administraciones públicas de promover la mejora de la educación en materia preventiva en los diferentes niveles educativos, y de manera especial, en la oferta formativa correspondiente al sistema nacional de cualificaciones profesionales, así como la adecuación de la formación de los recursos humanos necesarios para la prevención de riesgos laborales.
Este sistema de formación promovido por la LPRL ha tenido por objetivo, entre otros, capacitar a profesionales de la prevención: técnicos de diferentes niveles, médicos y enfermeros de trabajo. En relación a esto cabe destacar la creación del título de Formación Profesional, de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (RD 1161/2001), así como el hecho del aumento de un año en la residencia de la especialidad en medicina del trabajo a partir de 2006 llegando a 4 años de duración e incluyendo rotaciones por servicios asistenciales hospitalarios (RD 193/2003). También se ha culminado la homologación universitaria de la formación que recogía con carácter provisional dicha acreditación en la disposición transitoria tercera del RD 39/1997.
En este contexto, las universidades, han diseñado un Programa de Máster que acoge esta formación especializada siguiendo sus procesos y procedimientos habituales, que incluye una formación presencial. Para ello entre el profesorado, además de los especialistas de ambas universidades, se ha contado con profesionales del ISSL de la CARM, y técnicos cualificados de importantes empresas a nivel nacional con el objetivo de que se alcancen las competencias del título requeridas para un profesional de prevención de riesgos laborales.