23/FEB/2021

Antonio V. Sempere: «A veces se quiere forzar el modelo de trabajo libre para eludir la aplicación de las garantías laborales»

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Antonio V. Sempere Navarro- Magistrado del Tribunal Supremo

 

 

Magistrado del Tribunal Supremo desde 2014, al que accedió por el turno reservado a juristas de reconocida competencia,  Antonio Vicente Sempere Navarro es uno de los profesionales más respetados del Derecho del Trabajo, área de la que es catedrático en las universidades de Oviedo (1986), Murcia (1988-2009) y Rey Juan Carlos (2009-2014). También ejerció como abogado laboralista.  Este experto, director de la Revista de Jurisprudencia Laboral, editada por el BOE, abordará el próximo 22 de marzo las ‘Tendencias laborales en la cuarta revolución industrial’, en el congreso  internacional “Retos interdisciplinares en el entorno de la Industria 4.0”, organizado por la Facultad de Ciencias de la Empresa de la UPCT.

 

P. ¿Cuáles son las tendencias laborales a las que nos enfrentamos en la cuarta revolución industrial?

R.- Bajo la innegable novedad que existe en el mundo productivo, la principal tendencia de las relaciones laborales es la adaptación a ese nuevo entorno, con el reto de respetar los derechos inherentes a un trabajo digno. Son inevitables los “vacíos”, es decir, los problemas reales que no tienen una respuesta clara y expresa por parte de las leyes. Ahí es donde debe jugar la negociación colectiva y otros cauces extrajudiciales. En último término, los Tribunales acabarán desempeñando su papel de ‘defensa escoba’. Me gustaría que las organizaciones supraestatales (la UE, la ONU, la OIT, la OCDE o el FMI, entre otras, también se tomarán muy en serio esta vertiente laboral.

 

P.- Una encuesta de 2019 realizada por el Foro Económico Mundial indicó que las industrias de consumo y las industrias automotriz, aeroespacial y de transporte juntas crearán cerca de 6,5 millones de nuevos empleos. Mientras que todas las industrias juntas crearán 15,1 millones. ¿Qué opinión le merece?

R.-La creación y destrucción de empleos es inherente a todo cambio productivo. Respecto del dato en cuestión, si algo evidencia es la importancia de la formación adecuada para los nuevos empleos. En ese sentido, no quiero dejar de advertir que la UPCT constituye un inmejorable ejemplo de formación académica en sintonía con el sistema socioeconómico. El Congreso que motiva esta entrevista apuesta de forma decidida por la multidisciplinariedad a la hora de abordar este fenómeno. Atender solo a la dimensión jurídica, no solo laboral, es tan incompleto como ignorarla.

 

P.- Acerca de los denominados ‘jobs’, ¿cree que esta tendencia se volverá de uso común?

R.-En algunos ámbitos ya lo es. Ejemplos como el de los repartidores, transportistas, colaboradores de medios de comunicación o personal docente indican que a veces se quiere forzar el modelo de trabajo libre para eludir la aplicación de las garantías laborales. La deseable flexibilidad productiva no puede implantarse a costa de quienes trabajan. Pero es verdad que ciertos sectores sociales concibe esos trabajos como deseables mientras que otros los consideran precarios.

 

P.- El Foro Económico Mundial dice que casi dos tercios de los niños que ingresan en la enseñanza Primaria trabajará en funciones que aún no existen. Si es así, ¿qué pasará con los trabajos tradicionales?

R.-Aunque predecir el futuro es garantía de equivocación, creo que no todos los trabajos tradicionales desaparecerán. Algunos de ellos persistirán o incluso aumentarán. Cuanto más mecanizable y repetitiva sea la tarea humana actual, mayor riesgo de desaparición, claro. Es buen momento para repasar la historia, incluyendo las revueltas frente a la industrialización y la progresiva reducción de la jornada máxima legal.

 

P.-Jurídicamente, ¿son viables las propuestas de hacer tributar a las empresas por los robots con que cuenten dado que están detrayendo cotizaciones de los trabajadores a los que sustituyen?

R.- El legislador democrático puede hacer todo aquello que resulta compatible con las normas de rango superior, si es que existen.

 

P.-Las nuevas empresas de transporte basadas en aplicaciones, como Uber o Glovo, han puesto en duda la relación laboral entre la compañía y los repartidores.  ¿La tendencia es a que este modelo que la Justicia ha considerado de falsos autónomos se replique a otros ámbitos o a que se corrija?

R.- Por definición, los Tribunales enjuician casos concretos. Comprendo que socialmente se quiera resolver todos los asuntos parecidos del mismo modo, pero si se quiere conseguir esa uniformidad lo mejor es que la Ley tome cartas en el asunto y lo clarifique. Parece que así va a suceder en el caso de los repartidores vinculados a plataformas. Pero, por favor, hay que recordar mi respuesta a la anterior pregunta.

 

P.- Desde hace décadas, el empleo industrial ha sido el de mayor valor añadido y el mejor retribuido y con mejores condiciones. ¿Seguirá siendo así en la Industria 4.0?

R.- Suele pensarse que la Industria 4.0 es propia de la manufacturera, la que transforma materiales, sustancias o componentes en nuevos productos, aplicando al efecto diversas técnicas o conocimientos. Pero, a su vez, dentro de esas empresas hay tareas de muy diversa cualificación.

 

 

P.- La asunción de los costes del teletrabajo por parte de las empresas reducirá su uso o es algo que permanecerá más allá de la pandemia?

R.- Es inherente al trabajo por cuenta ajena que la empresa asuma los costes de infraestructura. Que se labore en remoto no cambia las cosas; de hecho, así lo dispone la norma aprobada al efecto (artículo 12 del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre). Otra cosa es que surjan dudas sobre determinadas cuestiones tradicionalmente pensadas para tareas presenciales  como dietas, plus de transporte, complemento de jornada partida, entre otras, o que no esté claro el montante de la compensación de gastos (energía, mobiliario, consumibles, desgaste de útiles propios de quien trabaja, etc.) y por eso resulta necesario que se clarifique mediante acuerdos colectivos o individuales. Desde luego, no creo que esos costes empresariales, por sí solos, frenen el teletrabajo; muchas veces están compensados con ahorros paralelos o incluso mejoras de productividad. Pero también hay que advertir que cada empresa, tarea o persona puede requerir consideraciones específicas y que una forma mixta de actividad puede ser beneficiosa en muchos casos.



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